En el presente documento encontrarán el detalle de los pasos a seguir para realizar las gestiones correspondientes al Departamento de Salario Familiar

📣Sobre la presentación de notas:

Se recomienda presentar la documentación en original y contar con una copia como constancia de recepción. Asimismo, se solicita consignar dos números de contacto y una dirección de correo electrónico.

Esposa/o

Documentación a Presentar

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1 - Formulario declaración Jurada actualizada

2 - Documentación respaldatoria y fotocopias autenticadas (puede ser el Director)

CODIGO 501

POR ESPOSO/A: LEY 8200 con dictamen N° 9308:

Artículo 1o.- Modifícase el inciso e) del artículo 2o de la Ley No 5.136, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ASIGNACIÓN POR CÓNYUGE: Consistirá en un monto mensual y se abonará al agente estatal por cónyuge residente en el país, siempre que no medie separación legal (*), y/o al agente estatal que acredite la unión convivencial debidamente inscripta en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, aunque estos trabajen en relación de dependencia en el sector público o privado.”

Se liquida a uno de los cónyuges.

Documentación a presentar:

Declaración jurada de salario familiar de ambos lados, que coinciden domicilios y no omitir marcar “Cónyuge” el “SI” o el “NO”

Acta de matrimonio y unión convivencial fotocopias autenticadas y actualizadas del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.

La unión convivencial se renueva cada tres años del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas

Si los cónyuges que trabajan en relación dependencia deberán presentar constancia de trabajo que no percibe dicha asignación. En caso de que el cónyuge sea independiente o desocupado presentar certificación negativa de ANSES.

En caso de que el cónyuge registre beneficio previsional presentar fotocopia autenticada de los dos últimos recibos de sueldo.